Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
La recurrente aduce que el Auto de Vista impugnado no admitió su impugnación contra la Resolución 031/2016 de 17 de marzo (que resolvió cuestiones incidentales), porque anteriormente no hubiera presentado apelación incidental y erróneamente habría planteado apelación restringida, pues luego de la subsanación no se hubiera emitido proveído alguno de inadmisibilidad de las apelaciones, por cuanto el hecho de no haber resuelto el fondo vulneraría sus derechos al acceso a la justicia e impugnación [arts. 115 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE)], así como al debido proceso en su vertiente de derecho a recurrir. Asimismo refiere que el Tribunal de apelación implícitamente asumió el cumplimiento de las observaciones efectuadas al recurso de apelación restringida, por lo que aplicando los principios pro actione o favor actionis, que determinarían que “las reglas de aplicación en el caso de admisibilidad, deben ‘permitirse’ antes que ‘restringirse’ las acciones a los medios de examen de la resolución judicial y el antiformalismo de todos los medios impugnatorios” (sic); invoca y transcribe de forma parcial los Autos Supremos 496/2017 de 30 de junio, 349/2016-RRC de 21 de abril y 158/2016-RRC de 7 de marzo
- Por memorial presentado el 14 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En cuanto a la confirmación de la Sentencia, referida que la negativa de considerar como
- Asimismo, en apelación restringida denunció que la
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver la admisibilidad o inadmisibilidad del primer motivo del recurso de
- En el segundo motivo, la parte recurrente realiza observaciones vinculadas a defectos de la Sentencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
