Auto Supremo AS/0511/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0511/2019

Fecha: 23-May-2019

Dicho de otro modo, el Ad quem entendió que siendo el objeto de la causa

Dicho de otro modo, el Ad quem entendió que siendo el objeto de la causa el pago de una obligación pecuniaria, ante el incumplimiento no procede la calificación de daños y perjuicios ocasionados por otros conceptos (faltante de botellones, faltante de dinero, abandono del trabajo, etc.), en virtud a que el artículo, antes citado dispone: “Resarcimiento en las obligaciones pecuniarias. En las obligaciones que tienen por objeto una suma de dinero, el resarcimiento por el retraso en el cumplimiento sólo consiste en el pago de los intereses desde el día de la mora (…)” (negrillas se añadieron), resultando entonces que la cita de esta disposición legal no resulta contradictoria a los fundamentos de la Sentencia como erróneamente acusa el recurrente