I. 1. Antecedentes del proceso
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 245/2019
Sucre, 06 de junio de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 31/2018
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 205 a 213 vta., interpuesto por Miguel Ángel Valda Maldonado, contra el Auto de Vista Nº 103/2017 de 4 de agosto, cursante de fs. 200 a 202 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Victoria Inés Flores Peralta, contra la parte recurrente, respuesta de fs. 217, el Auto de fs. 218 que concedió el recurso, el Auto Nº 061/2018 de 16 de febrero de fs. 225 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 245/2019
Sucre, 06 de junio de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 31/2018
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 205 a 213 vta., interpuesto por Miguel Ángel Valda Maldonado, contra el Auto de Vista Nº 103/2017 de 4 de agosto, cursante de fs. 200 a 202 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Victoria Inés Flores Peralta, contra la parte recurrente, respuesta de fs. 217, el Auto de fs. 218 que concedió el recurso, el Auto Nº 061/2018 de 16 de febrero de fs. 225 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
- I. 1. Antecedentes del proceso
- I.1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez de partido de Trabajo y Seguridad Social
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- Que existió un error de hecho en la apreciación y valoración de la prueba de
- Argumentó la falta de valoración correcta e imparcial de la prueba de descargo; las que
- Afirmando que la actora al realizar una serie de actos inadecuados en el interior del
- En cuanto a la multa del 30% por incumplimiento, señala que no le corresponde, al
- Argumenta en su recurso que existió error de derecho, infracción, violación y aplicación indebida de
- I.2.1 Petitorio
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido y
- Siendo que mediante auto de 5 de febrero de 2018 de fs
- III.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Resolviendo el recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandado Miguel Ángel Valda
- En ese contexto, a fin de determinar si una relación de trabajo tiene las características
- En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de
- Además de ello se debe tener en cuenta lo previsto en el parág
- En esa interpretación normativa, protectora y de favorabilidad a la demandante, por las pruebas aportadas
- En lo que corresponde a la conclusión de la relación laboral, que se haya debido
- En cuanto al argumento que hubiere existido error de derecho, o infracción respeto a las
- Consecuentemente, al no ser evidentes las infracciones y violaciones acusadas en el recurso de casación
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
