En ese contexto, se tiene que no existe vulneración del debido proceso en sus vertientes
En ese contexto, se tiene que no existe vulneración del debido proceso en sus vertientes motivación, fundamentación y derecho a la defensa que justifique nulidad del Auto de Vista Nº 11/18, o se case dicha resolución en razón a que no se identificó violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, en razón que la Administración Tributaria, en el presente recurso no señala de manera precisa qué puntos no fueron fundamentados y motivados en el auto de vista recurrido, es más de su revisión se establece que dicho fallo se emitió observando estrictamente la normativa aplicable al caso concreto conforme a los antecedentes y agravios expresados en el recurso de apelación
- Tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Primera de Partido en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal
- Interpuesto el recurso de apelación por GRACO Santa Cruz, de fs
- El auto de vista motivó el recurso de casación, interpuesto por GRACO Santa Cruz del
- En la Forma
- Que la sentencia emitida por la juez A quo, convalidada por el Auto de Vista
- Aduce que las actuaciones de la Administración Tributaria se hallan respaldadas, sin embargo no fueron
- Petitorio
- Contestación al recurso
- YPFB Chaco S
- III. Fundamentos jurídicos legales
- En cuanto al argumento de que el Auto de Vista Nº 11/2018, confirmó la sentencia
- Cabe advertir que la entidad recurrente no señala de manera precisa qué norma procesal habría
- En lo concerniente al argumento de que en aplicación del inc
- Al respecto el Código Tributario establece que la Administración Tributaria podrá examinar y revisar las
- En lo concerniente a que el tribunal de apelación al emitir el auto de vista
- Al respecto, debe tomarse en cuenta que el principal y único argumento que generó la
- En ese contexto, se tiene que no existe vulneración del debido proceso en sus vertientes
- Por lo expuesto, no siendo evidentes las vulneraciones reclamadas, corresponde resolver el recurso de casación
- Sin costas, en aplicación al art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
