Que la sentencia emitida por la juez A quo, convalidada por el Auto de Vista
Que la sentencia emitida por la juez A quo, convalidada por el Auto de Vista Nº 11/2018 fue emitida sin la debida fundamentación y motivación, vulnerando el derecho a la defensa y debido proceso en su elemento a la motivación y fundamentación, situación que piden sea corregida. Consecuentemente, el tribunal de apelación al resolver el recurso de apelación de la Administración Tributaria, incurrió en vulneración del debido proceso, toda vez que la resolución emitida carece de motivación y fundamentación, es decir sin explicar la normativa en la cual amparó su decisión respecto a los argumentos plasmados por la Administración Tributaria; no dio respuesta motivada respecto a los puntos apelados, tampoco se analizó y menos se expuso respecto a la normativa legal que respalda su decisión, al respecto cita la SC 0177/2013 de 22 de febrero
- Tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Primera de Partido en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal
- Interpuesto el recurso de apelación por GRACO Santa Cruz, de fs
- El auto de vista motivó el recurso de casación, interpuesto por GRACO Santa Cruz del
- En la Forma
- Que la sentencia emitida por la juez A quo, convalidada por el Auto de Vista
- Aduce que las actuaciones de la Administración Tributaria se hallan respaldadas, sin embargo no fueron
- Petitorio
- Contestación al recurso
- YPFB Chaco S
- III. Fundamentos jurídicos legales
- En cuanto al argumento de que el Auto de Vista Nº 11/2018, confirmó la sentencia
- Cabe advertir que la entidad recurrente no señala de manera precisa qué norma procesal habría
- En lo concerniente al argumento de que en aplicación del inc
- Al respecto el Código Tributario establece que la Administración Tributaria podrá examinar y revisar las
- En lo concerniente a que el tribunal de apelación al emitir el auto de vista
- Al respecto, debe tomarse en cuenta que el principal y único argumento que generó la
- En ese contexto, se tiene que no existe vulneración del debido proceso en sus vertientes
- Por lo expuesto, no siendo evidentes las vulneraciones reclamadas, corresponde resolver el recurso de casación
- Sin costas, en aplicación al art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
