El Juez Segundo del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad
El Juez Segundo del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad Sucre, pronunció la Sentencia Nº 37/17 de 29 de junio de 2017, de fs. 49 vta. a 53, declarando probada la demanda interpuesta; disponiendo que el demandado, cancele a favor del actor la suma de Bs.19.665,57.- (diecinueve mil seiscientos sesenta y cinco 57/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos laborales detallados en dicha Sentencia. Más la multa prevista en el art. 9 del D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Juez Segundo del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad
- Auto de Vista
- En conocimiento del Auto de Vista, José Rolando Andrade Barrón propietario del taller “Sucrecar”, formuló
- No se tomó en cuenta, la falsedad del Certificado de Trabajo de fs
- Evidenciándose también una deslealtad procesal, al haberse presentado prueba fuera del término probatorio, prevista en
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, para resolver, de inicio es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Por otro lado, entendiéndose al recurso de casación, similar a un proceso de puro derecho,
- En autos, el recurrente aparentemente sostiene un error de derecho en la valoración de la
- La afirmación realizada por el demandado, de la falsedad del documento, alegando una falsificación de
- No se puede alegar una vulneración del derecho a la defensa, cuando mediante memorial cursante
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
