Auto Supremo AS/0292/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2019

Fecha: 03-Jun-2019

Como efecto de lo desglosado, en estricta aplicación del principio de primacía de la realidad,

Como efecto de lo desglosado, en estricta aplicación del principio de primacía de la realidad, se tiene que, el argumento de la recurrente, referido a la falta de eficacia jurídica del Contrato de Trabajo de fs. 47 a 48, por no estar refrendado por autoridad competente, carece de sustento legal y no obedece a la realidad de los hechos; ya que, pese a no estar refrendado, su eficacia es evidente, al haberse establecido dentro del proceso, que entre Vanesa Elizabeth Paz Saavedra y Banco FASSIL SA, existió una verdadera relación laboral, desde el 13 de julio de 2011 hasta el 7 de mayo de 2014, por concurrir todas las características esenciales instituidas en los arts. 1 y 2 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, concordante con el art. 2 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006; es decir, relación de dependencia, subordinación y prestación de trabajo por cuenta ajena, así como la percepción de un sueldo o salario; relación laboral que al no ser objeto de impugnación, implica la eficacia jurídica del contrato de trabajo