Como efecto de lo desglosado, en estricta aplicación del principio de primacía de la realidad,
Como efecto de lo desglosado, en estricta aplicación del principio de primacía de la realidad, se tiene que, el argumento de la recurrente, referido a la falta de eficacia jurídica del Contrato de Trabajo de fs. 47 a 48, por no estar refrendado por autoridad competente, carece de sustento legal y no obedece a la realidad de los hechos; ya que, pese a no estar refrendado, su eficacia es evidente, al haberse establecido dentro del proceso, que entre Vanesa Elizabeth Paz Saavedra y Banco FASSIL SA, existió una verdadera relación laboral, desde el 13 de julio de 2011 hasta el 7 de mayo de 2014, por concurrir todas las características esenciales instituidas en los arts. 1 y 2 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, concordante con el art. 2 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006; es decir, relación de dependencia, subordinación y prestación de trabajo por cuenta ajena, así como la percepción de un sueldo o salario; relación laboral que al no ser objeto de impugnación, implica la eficacia jurídica del contrato de trabajo
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- La demanda laboral de pago de beneficios sociales, incoada por Vanesa Elizabeth Paz Saavedra contra
- Auto de Vista Nº 184 de 2 de agosto de 2017
- Interpuesto el recurso de apelación por la empresa demandada, el 13 de abril de 2017
- El Auto de Vista, motivó que Vanesa Elizabeth Paz Saavedra, formule recurso de casación y
- Petitorio
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto
- III. ANÁLISIS JURÍDICO LEGAL PERTINENTE
- Surge como consecuencia simultánea de la buena fe, de la desigualdad entre las partes, del
- IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- Es menester aclarar que, pese a que el recurso objeto de estudio, carece de técnica
- El recurrente argumenta que su desvinculación fue intempestiva, ya que no correspondía la aplicación del
- Por estos antecedentes, lo sostenido por la demandante no obedece a la realidad de los
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- Basados en ese carácter axiomático de la Norma Suprema, opera el fenómeno de la constitucionalización
- Con ese antecedente, si bien el precepto del art
- Como efecto de lo desglosado, en estricta aplicación del principio de primacía de la realidad,
- Por lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- Con costas y costos
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs1000 (Mil 00/100 Bolivianos)
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
