Auto Supremo AS/0308/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2019

Fecha: 17-Jun-2019

En autos, la empresa recurrente aparentemente sostiene un error de hecho en la valoración de

En autos, la empresa recurrente aparentemente sostiene un error de hecho en la valoración de la prueba; pero no lo manifiesta expresamente considera que no se valoró adecuadamente la prueba cursante en el proceso, para llegar a determinar la relación que se mantuvo entre la empresa demandada y las actoras; aduce que en el contrato de 4 de abril de 2014 (sin señalar a que fojas cursa), suscrito con la empresa unipersonal de propiedad de Patricia López, para la actualización de datos de las empresas afiliadas a la Caja Petrolera de Salud, demostraría que la relación fue de consultoría por producto, no así laboral; este documento que cursa de fs. 149 a 153; es un contrato administrativo, firmado entre la empresa demandada “CIES INTERNACIONAL” S.R.L. y la Caja Petrolera de Salud; sin intervención de Patricia López, menos de las demandantes