Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0342-1/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0342-1/2019

    Fecha: 14-Jun-2019

    En virtud a la facultad remisiva contenida en el art

    En virtud a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT), en materia laboral, en tanto no se tenga regulación específica, se aplica supletoriamente lo dispuesto en el adjetivo civil
    • I. CONSIDERACIONES LEGALES
    • En virtud a la facultad remisiva contenida en el art
    • En mérito a ello corresponde aplicar al caso de autos, el art
    • Revisado el recurso, en aplicación de la norma citada se establece que
    • 2
    • 3
    • Asimismo, en virtud a la formulación del recurso de casación, la forma de resolución también
    • En este entendido, la omisión en la que incurre el recurrente, al no identificar de
    • En su inciso 5) acusa la falta de motivación en el auto por no sustentarse
    • Conforme a ello, la deficiencia del recurso, no permite abrir la competencia de éste Tribunal
    • En este entendido, el recurrente Mariano Barrero Canllahua al no haber establecido con claridad cuáles
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.-

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca