Auto Supremo AS/0407/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2019-RRC

Fecha: 04-Jun-2019

I.1.1. Motivo del recurso de casación


Por Sentencia 03/2012 de 21 de mayo (fs. 263 a 268 vta.), Felipe Mamani Mendoza fue sentenciado a doce años de presidio por su autoría en el del Delito de Tráfico de Sustancias Controladas, tipificado por el art. 48 de la Ley 1008 y multa de doce mil días a razón de Bs. 1 por día y costas; y, Ruth Sara Baltazar y Fermín Impa Llanos, declarados absueltos de los delitos endilgados en su contra; y, por Sentencia 12/2013 de 14 de agosto (fs. 260 a 262), la Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Grover Olguera Aranda, absuelto de pena y culpa de la comisión de los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas; y, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 48 con relación al 33 inc. m) y 53 de la Ley 1008, ya que la prueba aportada no fue suficiente para generar en el Juez la convicción sobre su responsabilidad penal.

Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida (fs. 269 a 271), resuelto por Auto de Vista 23/2018 de 17 de agosto, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró “con lugar” de manera parcial el referido recurso y anuló la Sentencia apelada con reposición del juicio por el Juzgado Segundo de Sentencia, con costas, motivando la presentación del recurso de casación sujeto al presente análisis.

I.1.1. Motivo del recurso de casación