Auto Supremo AS/0506/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0506/2019-RA

Fecha: 25-Jun-2019

Cita y transcribe parte de los Autos Supremos 206/2014-RRC de 22 de mayo y 001/2014-RRC

En lo que respecta “al tercer motivo de apelación: TERCER MOTIVO ERRONEA VALORACION DE LA PRUEBA PERICIAL DE ADN, REALIZADA EN JUICIO ORAL, Y ERRONEA VALORACION DE LA PRUEBA PERICIAL EN GENETICA FORENCE DEL MINISTERIO PUBLICO INOBSERVADO EL ARTICULO 370 INC, 6) DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL COMO TAMBIEN ¡ERRONERA VALORACION DE LA LEY SUSTANTIVA Y EXISTENCIA DE CONTRADICCION ENTRE LA PARTE DISPOSITIVA Y CONSIDERATIVA DE LA SENTENCIA DE ACUERDO A LO PREVISTO POR EL ARTICULO 370 INCISOS 1) y 8) DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL”, señala que en apelación restringida respecto a la incorrecta o defectuosa valoración de las pruebas de cargo y descargo (en especial de la víctima y el Ministerio Publico) conforme a la conclusión arribada por la Sentencia no llegan a acreditar el delito acusado en grado de Tentativa, porque no se realizó la apreciación probatoria para llegar a la averiguación de la verdad conforme a los arts. 173 del CPP y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE), por lo que el Tribunal de alzada no ingresó a resolver y analizar si lo reclamado era cierto, menos a ejercer el control sobre la correcta valoración de las pruebas, contraviniendo la doctrina legal del Auto Supremo 308 de 25 de agosto de 2006, por lo que se evidencia que el fallo fue dictado sin observar las reglas del debido proceso y las garantías constitucionales, enmarcando defecto absoluto conforme a los arts. 169 inc. 3) y 170 del CPP. Asimismo, se vulnera el debido proceso en el elemento derecho de acceso a la justicia, en el entendido que el Tribunal de alzada genera dicha vulneración por declarar improcedente el primer motivo y rechazar por inadmisibles los siguientes motivos de apelación restringida, obviando la subsanación del referido recurso, negando el acceso a la justicia conforme al art. 115 de la CPE.

Cita y transcribe parte de los Autos Supremos 206/2014-RRC de 22 de mayo y 001/2014-RRC de 7 de febrero y las Sentencias Constitucionales 0600/2003-R de mayo, 0655/10-R de 19 de julio, 1063/11-R de 11 de julio y 1813/2010-R de 25 de octubre