Auto Supremo AS/0594/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2019

Fecha: 24-Jun-2019

De otro lado, aludiendo al agravio de forma, incongruentemente vincula al examen del documento privado

El agravio expresado es insustancial, al limitarse solo a criticar la determinación de alzada sin la carga recursiva que acredite la supuesta falta de técnica procesal y carencia de razonamiento jurídico válido, y omite expresar la vinculatoriedad de aquellas al detrimento de su derecho a la defensa; siendo entonces solo un reclamo sin trascendencia casacional por la orfandad de argumentos.
De otro lado, aludiendo al agravio de forma, incongruentemente vincula al examen del documento privado de 28 de noviembre de 2005 suscrito con la causal contenida en el art. 1299 del Código Civil, sin denotar existencia de infracción a la norma procesal que hubiera afectado el debido proceso y pudiere permitir una nulidad de obrados; en cambio, con argumento ajeno a un agravio de forma, se advierte solo el disconformismo de la decisión asumida, citando a la norma sustantiva únicamente como referencia y no especificando en que tipo de infracción incurrió el Tribunal de alzada; se alude a un documento privado en apreciación personal sin desvirtuar los motivos establecidos en la resolución de segunda instancia, que motivadamente establecieron que contaba con los requisitos necesarios –considerando la incapacidad visual y el analfabetismo alegado por los recurrentes en su pretensión- para su validez. Situación que imposibilita generar más examen del otorgado, para establecer una posible solución anulatoria por indefensión generada a la parte recurrente, lo cual no ha sido demostrado en forma concreta y coherente