Auto Supremo AS/0640/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0640/2019-RRC

Fecha: 18-Jun-2019

Precisado el recurso casacional, corresponde indefectiblemente la revisión de los antecedentes, al efecto, consta que


Precisado el recurso casacional, corresponde indefectiblemente la revisión de los antecedentes, al efecto, consta que una vez presentado el recurso de apelación restringida por parte del imputado, el Tribunal de apelación ordenó su subsanación en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de rechazo, conforme el art. 399 del CPP, a fin de que cumpla con las observaciones en los tres motivos planteados en el citado medio de impugnación, ordenando conforme se advierte del contenido de la Resolución de 27 de julio de 2018: 1) en cuanto al primer motivo de apelación, si bien señala las normas que considera hubieren sido vulneradas o erróneamente aplicadas por el A-quo; no señala la aplicación que pretende de cada una de ellas, no siendo lo mismo la forma de Resolución que pretende del Tribunal de Alzada. Asimismo, no especifica ni fundamenta qué reglas de la sana crítica hubiere infringido el A-quo, por qué ni en qué parte de la Resolución se evidenciare aquello, toda vez que acusa defectuosa valoración probatoria, requisitos inexcusables establecidos por la jurisprudencia para abrir la atribución de control de legalidad de la valoración probatoria (Auto Supremo 788/2016-RRC de 12 de octubre); 2) con relación al segundo motivo de apelación, si bien señala las normas que considera hubieren sido vulneradas o erróneamente aplicadas por el A-quo; no señala la aplicación que pretende de cada una de ellas, no siendo lo mismo la forma de Resolución que pretende del Tribunal de Alzada; y, 3) respecto del tercer motivo de apelación, si bien señala las normas que considera hubieren sido vulneradas o erróneamente aplicadas por el A-quo; no señala la aplicación que pretende de cada una de ellas, no siendo lo mismo la forma de Resolución que pretende del Tribunal de Alzada. Asimismo, no especifica ni fundamenta qué reglas de la sana crítica hubiere infringido el A-quo, por qué ni en qué parte de la Resolución se evidenciare aquello, toda vez que acusa defectuosa valoración probatoria, requisitos inexcusables establecidos por la jurisprudencia para abrir la atribución de control de legalidad de la valoración probatoria