Auto Supremo AS/0107/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0107/2019

Fecha: 08-Ago-2019

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Jorge Antonio Zamora Tardío en representación legal de

Materia:Beneficios Sociales
Distrito:Chuquisaca
Magistrada Relatora:María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Jorge Antonio Zamora Tardío en representación legal de la empresa “CHROMART S.R.L.” (fs. 1665 a 1169 vta.), contra el Auto de Vista N° 601/2017 de 18 de octubre de 2017 (fs. 1659 a 1662) pronunciado por la Sala Social, Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, el Auto N° 669/2017 de 20 de noviembre de 2017 (fs. 1684) que concedió el recurso, el Auto de 27 de febrero de 2018 (fs. 1696) que admitió el recurso y todo lo que ver convino y se tuvo presente en el proceso:
I.- ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia Nº 20/2017 de 8 de mayo de 2017
Cumpliendo la nulidad determinada por Auto de Vista Nº 161/2016 de 29 de marzo (fs. 1563 a 1565), que fue ratificado por Auto Supremo Infundado Nº 448 de 05 de diciembre de 2016 (fs. 1610 a 1612), la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Sucre, emitió la Sentencia N° 20/2017 de 8 de mayo de 2017 (fs. 1619 a 1629), declarando PROBADA en parte la demanda y PROBADA en parte la excepción perentoria de pago documentado, ordenando la cancelación a favor de la demandante los siguientes conceptos: Desahucio, Indemnización, Aguinaldo, Bono de Antigüedad, Domingos trabajados, Feriados trabajados y Vacaciones, debiendo descontarse el pago a cuenta documentado de Bs. 14.510,17 (Catorce Mil Quinientos Diez 17/100 Bolivianos), ascendiendo el total final la suma de Bs. 110.285,61.­ (Ciento Diez Mil Doscientos Ochenta y Cinco 61/100 Bolivianos), más la actualización establecida en el art. 9 del D.S. N° 28699, a calificarse en ejecución de sentencia