Auto Supremo AS/0123/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2019-CA

Fecha: 22-Ago-2019

“(…) así la caducidad, como ejercicio de un derecho se debe sujetar a un plazo

En consecuencia, el computo de 90 días para la presentación de la demanda es fatal y perentoria, para ello debe considerarse lo expuesto en el Auto supremo Nº 235 de 28 de junio de 2018
“(…) así la caducidad, como ejercicio de un derecho se debe sujetar a un plazo prefijado y de perentoria observancia y que en caso de no ser ejecutado determina la extinción del derecho, conforme determinaría el art. 1514 del CC, con todo lo que significa los efectos de la caducidad determinada por los arts. 1516, 1517 y 1519 del CC