Auto Supremo AS/0414/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0414/2019

Fecha: 26-Ago-2019

Mediante memorial presentado el 25 de junio de 2018, Neyva Nieves Montaño Romero interpuso Recurso

Mediante memorial presentado el 25 de junio de 2018, Neyva Nieves Montaño Romero interpuso Recurso de Casación en el Fondo, exponiendo los siguientes agravios:
1.- Error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba literal cursante a fs. 6, la declaración de la actora de fs. 105 a 106 y las testificales de fs. 96 a 97, ya que a partir de ellas el Tribunal Ad quem confirmó que el motivo de la desvinculación laboral fue un despido indirecto por acoso y hostigamiento, otorgando el pago del desahucio, sin considerar que la carta de fs. 6 fue redactada de forma unilateral por la demandante, sin que hubiese efectuado denuncia de todo lo descrito ante autoridad competente. Asimismo, las declaraciones de la actora y de los testigos de cargo, tampoco corroboran el acoso laboral, ya que la demandante se basó en los argumentos de su demanda y los testigos señalaron que les consta los malos tratos solo por referencia de la demandante, y no así, porque los hubiesen presenciados, motivo por el cual debieron desestimarse y no reconocerle el valor probatorio establecido en el art. 169 del Código Procesal del Trabajo (CPT), incurriendo el Tribunal de Alzada en falta de objetividad, ya que en virtud al Auto Supremo Nº 290 de 5 de junio de 2016, la actora debió probar sus pretensiones, habiéndose aplicado incorrectamente los artículos 169 del Código Procesal del Trabajo y 13 de la Ley General del Trabajo, ya que si se hubiese realizado una correcta valoración de las atestaciones de los testigos de cargo, se evidenciaría que estos no merecen fe probatoria, porque no les consta el supuesto hostigamiento y acoso laboral que sufría la actora, no correspondiendo el beneficio del desahucio.
Petitorio