Auto Supremo AS/0414/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0414/2019

Fecha: 26-Ago-2019

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Ahora bien, el art. 169 del CPT, cuya vulneración acusa la recurrente, dispone en su parte pertinente: “Hacen fe probatoria las declaraciones de dos o más testigos que concuerden en personas, cosas, hechos, tiempos y lugares.”, premisa que en el caso de autos también ha sido cumplida, pues son dos los testigos que aseveraron que la demandante les hizo conocer los malos tratos que le propiciaba la empleadora mientras se encontraba vigente la relación laboral, concordando en hechos y tiempos, no siendo evidente que la fe probatoria que el Tribunal Ad quem le asignó a las declaraciones testificales contravenga lo establecido en la referida norma, pues cumplen los presupuestos establecidos en la misma para considerarlas válidas, toda vez que esta no restringe o condiciona el valor de las testificales a que la información proporcionada sea necesariamente de una fuente de primera mano, esto es que provenga de una observación directa, o en su defecto que no sea de carácter referencial.
En consecuencia, al no ser evidentes el error de hecho y de derecho acusados en el recurso de casación, corresponde fallar conforme lo establecido en el art. 220. II del Código Procesal Civil, en cumplimiento de la norma remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 147 a 149, interpuesto por Neyva Nieves Montaño Romero en su condición de propietaria de la tienda Zamon Design Muebles y Estilo, contra el Auto de Vista Nº 116/2017 de 16 de noviembre de 2017 emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.