Pese a que el ejercicio de la defensa material, por el principio de igualdad entre
Pese a que el ejercicio de la defensa material, por el principio de igualdad entre las partes (art. 119 parág. I Constitucional y art. 12 del CPP), poseyese igual valor a la declaración de la víctima, el Tribunal de sentencia no consideró en momento alguno la primera. Enfatizando que dentro de la sustanciación del juicio oral manifestó que efectivamente conocía a la víctima porque era su concubina, que efectivamente mantuvieron relaciones sexuales, “pero fue de formas consentidas sin agresiones, y que la denuncia…fue con el único fin de quedarse con todas las cosas que adquirí antes de convivir con ella” (sic)
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2018, de fs
- “el acusado…agredió sexualmente a la víctima…adecuando su conducta a lo establecido en el art
- Por memorial de fs
- Pese a que el ejercicio de la defensa material, por el principio de igualdad entre
- Violación al derecho a la defensa, “al no haberse valorado en absoluto la defensa realizada
- Previa realización de audiencia de fundamentación oral complementaria (fs
- III
- El mandato legal para el Tribunal Supremo de Justicia se enfoca en sentar y uniformar
- Un precedente contradictorio entendido como herramienta a través de la cual este Tribunal ejerce su
- Entonces, un precedente contradictorio tanto en un sentido práctico (la forma en la que es
- El Código de Procedimiento Penal, determina que debe entenderse por contradicción a una situación de
- El Auto Supremo 418/2006 de 10 de octubre, fue pronunciado por la Sala Penal Primera
- Cuando el Tribunal de Apelación detecte un defecto absoluto de procedimiento, sentencia, vicio sustantivo y/o
- III.3 Análisis del caso concreto
- Las consideraciones optadas por el recurrente en casación apuntan a censurar el contenido del Auto
- De hecho, el recurso de casación reitera casi de manera integral el memorial presentado en
- Una tercera inconsistencia en el recurso que ocupa autos se ata a la pretensión del
- Por tal razón, en fase de recursos, no se discute el mérito de la prueba,
- Por todo lo expuesto, la Sala concluye que la contradicción pretendida no es evidente, restando
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
