Previa realización de audiencia de fundamentación oral complementaria (fs
La sentencia incurría en el defecto descrito en el art. 370 núm. 5) del CPP en relación al art. 124 de la misma norma procesal aduciendo que la misma “no contiene una explicación precisa de las razones por las que ni si quiera menciona y mucho menos valora [su] defensa material” (sic). Con similares argumentos, sostuvo que también era presente el defecto contenido en el art. 370 núm. 1) del CPP
II.3 Auto de Vista
Previa realización de audiencia de fundamentación oral complementaria (fs. 539 a 540), la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, con la relación de caso a cargo del Vocal Valda Terán y el voto del Vocal Morón Cuellar y la disidencia de su homólogo Iquise Saca, declaró la admisibilidad e improcedencia del recurso de apelación restringida, con base al art. 404 del CPP y los siguientes argumentos:
“…la apelación restringida formulada por el acusado…carece de una expresión de agravios, pues si bien arguye que el tribunal a quo no habría realizado una correcta valoración de la prueba de descargo, el recurrente no ha sabido explicar en qué constituye una correcta valoración de la prueba aportada por su defensa técnica, qué tipo de valoración debió otorgar a tal o cual prueba adjuntada durante el juicio oral. No estableció qué prueba en específico fue omitida en su valoración o erróneamente valorada” (sic)
No se había expresado “qué reglas de la sana crítica el tribunal de sentencia omitió aplicar a momento de valorar las pruebas…tampoco se expresó cuál es el sentido que le dio el Tribunal a dichas pruebas y cuál es la aplicación que pretendió…” (sic)
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2018, de fs
- “el acusado…agredió sexualmente a la víctima…adecuando su conducta a lo establecido en el art
- Por memorial de fs
- Pese a que el ejercicio de la defensa material, por el principio de igualdad entre
- Violación al derecho a la defensa, “al no haberse valorado en absoluto la defensa realizada
- Previa realización de audiencia de fundamentación oral complementaria (fs
- III
- El mandato legal para el Tribunal Supremo de Justicia se enfoca en sentar y uniformar
- Un precedente contradictorio entendido como herramienta a través de la cual este Tribunal ejerce su
- Entonces, un precedente contradictorio tanto en un sentido práctico (la forma en la que es
- El Código de Procedimiento Penal, determina que debe entenderse por contradicción a una situación de
- El Auto Supremo 418/2006 de 10 de octubre, fue pronunciado por la Sala Penal Primera
- Cuando el Tribunal de Apelación detecte un defecto absoluto de procedimiento, sentencia, vicio sustantivo y/o
- III.3 Análisis del caso concreto
- Las consideraciones optadas por el recurrente en casación apuntan a censurar el contenido del Auto
- De hecho, el recurso de casación reitera casi de manera integral el memorial presentado en
- Una tercera inconsistencia en el recurso que ocupa autos se ata a la pretensión del
- Por tal razón, en fase de recursos, no se discute el mérito de la prueba,
- Por todo lo expuesto, la Sala concluye que la contradicción pretendida no es evidente, restando
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
