Auto Supremo AS/0672/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0672/2019-RRC

Fecha: 26-Ago-2019

Con relación al sexto agravio, se refirió que es preciso tener en cuenta que el


Con relación al sexto agravio, se refirió que es preciso tener en cuenta que el recurrente a tiempo de interponer el presente motivos hubiera sido observado por el Tribunal de alzada por medio del proveído de 25 de octubre de 2016 conforme cursa a fs. 595 a objeto de que el mismo debía subsanar su recurso conforme las previsiones establecidas en los arts. 407 y 408 del CPP; sin embargo, en su memorial de subsanación las pretensiones en estos puntos no fueron cumplidas conforme los preceptos legales ya citados, en virtud a que de manera simple hizo una invocación de los diferentes preceptos legales, como los hechos, la defectuosa valoración de la prueba y la invocación a un doctrinario del derecho; motivos por los cuales, al no haber señalado una exposición clara y separada de los agravios invocados el Tribunal de alzada, al no contar con fundamentos valederos por parte del recurrente lógicamente su pretensión resultó ser inatendible