El 26 de octubre de 2017, el Juzgado de Sentencia Primero de Oruro pronunció la
I.2.1 Petitorio
Solicitó que previa admisión del recurso esta Sala Penal deje sin efecto el Auto de Vista 56/2018 de 28 de septiembre, disponiendo la emisión de nueva resolución de acuerdo a la doctrina legal establecida.
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
II.1 Sentencia
El 26 de octubre de 2017, el Juzgado de Sentencia Primero de Oruro pronunció la Sentencia 034/2017, declarando a Concepción Fernández Fernández sin responsabilidad penal en la comisión del delito de Hurto (art. 326 del CP), considerando que “el caso no ha sido suficientemente investigado” (sic), así como señalar que la prueba resultaba insuficiente para “determinar la verdad histórica de los hechos y la responsabilidad penal de la acusada” (sic). La Sentencia expuso que los motivos en los que basaba su decisión eran:
“El día 18 de mayo de 2014, la familia de [la víctima] salió de su tienda de venta de frazadas polar a hrs. 07:30 aproximadamente…al retornar hrs. 16:30…las puertas se encontraban como las dejaron, al ingresar observaron edredones, frazadas, sábanas en el piso” (sic)
“…la pared que colinda con la acusada…había sido levantada, aprovechando su ausencia en horas de la mañana, de acuerdo a las declaraciones de descargo de dos albañiles, los cuales no fueron convocados…” (sic)
“La construcción de la pared en día del hecho, es corroborado por la parte acusada, en razón a que existía problemas de delimitación de propiedades, y no podía concluir la pared que separa ambos inmuebles…” (sic)
- Por memorial presentado el 18 de enero de 2019, de fs
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- Denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación al resolver el tercer
- El Auto Supremo 159/2019-RA de 26 de marzo, de manera coincidente en los tres anteriores
- El 26 de octubre de 2017, el Juzgado de Sentencia Primero de Oruro pronunció la
- “El negocio de la querellante…de acuerdo a las declaraciones de testigos de la parte acusadora
- Si bien se afirmó pérdidas por un determinado valor, sin embargo, “no existe un inventario
- Por memorial saliente de fs
- También amparada en el núm
- La deposición testimonial MPD9, a la par no fue objeto de valoración alguna pese que
- Presentado el recurso, corridos los emplazamientos y respondido éste, los antecedentes pasaron a conocimiento de
- Fue así que el 28 de septiembre de 2018, la Sala Penal Segunda, con la
- En relación a los cuestionamientos encuadrados en el art
- Por el Auto Supremo 159/2019-RA de 26 de marzo, esta Sala decidió abrir su competencia
- III
- Como primer motivo la recurrente señala que en apelación restringida denunció la errónea aplicación de
- Consideró la recurrente en torno a los supuestos contenidos en el art
- Los arts
- Si bien el entendimiento jurisprudencial sobre las formas procesales se orienta en satisfacer el derecho
- Por lo expuesto, al no haberse observado el recurso de apelación restringida interpuesto por los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
