Auto Supremo AS/0706/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0706/2019-RRC

Fecha: 27-Ago-2019

Por el Auto Supremo 159/2019-RA de 26 de marzo, esta Sala decidió abrir su competencia


Considerando que el núm. 5 del art. 370 del CPP, abarca tres supuestos procesales, la Sala Penal Segunda expresó que, en el caso de autos, “en ningún caso puede existir las tres alternativas, ni dos como el caso, debiendo la apelante en su momento específica a cuál de las tres alternativas se refiere, puesto que conforme prescribe el art. 407 del CPP, el recurso de apelación…es esencialmente de puro derecho” (sic); siendo que, más adelante se afirmó que “la apelación restringida resulta ser confusa e incoherente, toda vez que, al pretender denunciar como defecto de sentencia el previsto en el núm. 5) del art. 370…sin embargo, enfoca y orienta argumentos defectuosos, con fundamentos entreveradas, sin una separación diferenciada concreta clara y precisa de cada uno de los presupuestos de defecto invocado, sin puntualizaciones ordenadas, sino entremezcladas…inatendible por los requisitos y naturaleza de la apelación restringida, que ni siquiera podía aperturar la competencia de este tribunal, para ingresar al análisis del fondo de la resolución apelada” (sic)

En lo demás el Tribunal de apelación, desarrolla una seguidilla de cuestiones y apreciaciones superficiales e inacabadas sobre el contexto normativo que rodea a los vicios sobre valoración probatoria, fustigando por un lado un supuesto incumplimiento de formas y contextualización argumentativa en el recurso de apelación restringida opuesto. Por otro, el Auto de Vista recurrido brinda una suerte de catalogación o indexación de los contenidos de la Sentencia de mérito; así, se tiene el punto 4° saliente en el folio 15 (fs. 111) del Auto de Vista impugnado, donde el Tribunal de alzada concluye sin inducción, referencia, esfuerzo o incluso artificio argumentativo alguno, que la sentencia de mérito fue pronunciada conforme a ley, su labor crítica de la prueba fue realizada en apego a las reglas de la sana crítica, para finalmente reiterar que las pruebas aportadas por la acusación no fueron suficientes para generar convicción en el juzgador de la existencia del hecho y la participación de la imputada.

FUNDAMENTOS DE LA SALA

Por el Auto Supremo 159/2019-RA de 26 de marzo, esta Sala decidió abrir su competencia de forma extraordinaria, habiéndose denunciado la existencia de defectos absolutos no convalidables como emergencia de la emisión del Auto de Vista 56/2018, y a consecuente lesión al derecho al debido proceso, tanto por aspectos planteados como omisiones o bien faltos de fundamentación, ello claro, en la línea de argumentos del recurso de casación. De ahí que, corresponde primeramente contextualizar el escenario normativo y jurisprudencial de la denuncia de defecto absoluto proveniente de la fundamentación en el fallo recurrido, para luego ingresar a su verificación