CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Acusaron la interpretación errónea y aplicación indebida del art. 549 num. 1) y 3) del Código Civil, porque para la suscripción de una hipoteca voluntaria la misma debe realizársela mediante documento público siendo que en el presente caso la Escritura Pública Nº 947/96 no llegó a perfeccionarse, por lo que la posterior inscripción de la transferencia es ilícita.
2. Manifestó la errónea apreciación de las pruebas de hecho y derecho, ya que la certificación notarial de fs. 37 indica que en la Escritura matriz Nº 947/1996 carece de la firma de los vendedores, por lo que no pudo haberse perfeccionado siendo en consecuencia su inscripción en Derechos Reales ilícito.
Por lo que solicitó se resuelva en el fondo
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Acusaron la interpretación errónea y aplicación indebida del art. 549 num. 1) y 3) del Código Civil, porque para la suscripción de una hipoteca voluntaria la misma debe realizársela mediante documento público siendo que en el presente caso la Escritura Pública Nº 947/96 no llegó a perfeccionarse, por lo que la posterior inscripción de la transferencia es ilícita.
2. Manifestó la errónea apreciación de las pruebas de hecho y derecho, ya que la certificación notarial de fs. 37 indica que en la Escritura matriz Nº 947/1996 carece de la firma de los vendedores, por lo que no pudo haberse perfeccionado siendo en consecuencia su inscripción en Derechos Reales ilícito.
Por lo que solicitó se resuelva en el fondo
- Planteada la demanda de nulidad de contratos y cancelación de sus inscripciones en Derechos Reales
- Tramitado el proceso el Juez Público en materia Civil y Comercial Nº 11 de la
- Resolución de primera instancia que fue apelada por los demandantes a través de memorial cursante
- Razonó que la falta de firma en el protocolo de la Escritura Pública Nº 947/96
- Resolución de segunda instancia que fue impugnada vía recurso de casación interpuesto por Julio César
- CONSIDERANDO II
- Respuesta al recurso de casación por Hermes Cuellar Añez y Ana Mery Miranda de Cuellar
- Refirieron que el recurso planteado carece de los requisitos señalados en el art
- Expresaron que la declaración de desistimiento de la pretensión en contra de Regina Montenegro Gómez
- Manifestaron que los contratos de compraventa realizado en la entidad Mutual Guapay, los esposos Cuellar
- Por lo que solicitó se declare infundado el recurso planteado
- Respuesta por Julio César Loayza Careaga y Mónica Aliaga Salvatierra representados por Oscar Armando Olmos
- Manifestó que el recurso de casación planteado no explica de qué manera se habría infringido,
- Señaló que el contrato de compraventa suscrito con la entidad Mutual Guapay fue lícita, en
- Expresó que la declaración de desistimiento de la pretensión en contra de Regina Montenegro Gómez
- Solicitó se declare infundado el recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- Debemos referir el Auto Supremo Nº 513/2016 de 16 de mayo, señaló “El art
- Por su parte el art
- Gonzalo Castellanos Trigo, en su obra “Análisis Doctrinal del Nuevo Código Procesal Civil”, Tomo I,
- III.2. Improponibilidad subjetiva de la pretensión
- El Auto Supremo Nº 355/2018 de 07 de mayo, reafirmó el Auto Supremo Nº 664/2014
- CONSIDERANDO IV
- En ese sentido de antecedentes se tiene que los demandantes Julio César Romero Paniagua y
- En ese orden de ideas, a fin de poder determinar el origen del título de
- En lo posterior, de las fotocopias legalizadas de fs
- Ahora, en relación al segunda Escritura Pública Nº 377/2002 de 18 de enero, la misma
- Por lo desarrollado, véase que la pretensión de los demandantes en fs
- Tomando en cuenta que el interés es la medida de la acción y al ser
- Sin multa por ser excusable
- En cumplimiento a lo dispuesto por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
