Auto Supremo AS/0754/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0754/2019

Fecha: 05-Ago-2019

En ese orden de ideas, a fin de poder determinar el origen del título de

En ese orden de ideas, a fin de poder determinar el origen del título de propiedad de Hermes Cuellar Añez y Ana María Miranda de Cuellar cabe referir la Escritura Pública Nº 236/95 de 21 de Marzo de fs. 199 a 212, en la que se sostiene la existencia de un proceso ejecutivo instaurado por la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda Guapay en contra Ponciano Álvarez Catari e Hilda Oña de Álvarez, por un préstamo de dinero $us 7.000, con garantía hipotecaria registrada en el asiento Nº 1 de la matrícula Nº 7.01.4.01.0004097, es decir sobre el bien inmueble objeto de la litis, lo particular de esta revisión es la existencia de un proceso ejecutivo con calidad de cosa juzgada, que dio lugar a la adjudicación del bien conforme a las reglas de una ejecución del Código de Procedimiento Civil abrogado a favor del entonces ejecutante, es decir a favor de la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda Guapay