CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Como único punto en casación, acusa que el auto de vista incurrió en error de derecho en la apreciación de la prueba, en particular del documento cursante en obrados de compra venta de fracción de terrenos otorgada por la demandante a favor de Tomás Canedo Brañez y Máxima Vásquez de Canedo en fecha 9 de diciembre de 1975, protocolizado ante Notario de Fe Pública, documento que una vez extendido surte efectos entre las partes contratantes y sus herederos, sin perjudicar a terceros; sin embargo no tomó en cuenta que cuando la demandante transfirió su derecho propietario mediante ese documento, perdió legitimación activa para iniciar la presente acción.
De lo señalado se puede inferir que el problema jurídico radica en determinar si la demandante al haber transferido su lote de terreno, carece de legitimación procesal para iniciar la presente acción
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Como único punto en casación, acusa que el auto de vista incurrió en error de derecho en la apreciación de la prueba, en particular del documento cursante en obrados de compra venta de fracción de terrenos otorgada por la demandante a favor de Tomás Canedo Brañez y Máxima Vásquez de Canedo en fecha 9 de diciembre de 1975, protocolizado ante Notario de Fe Pública, documento que una vez extendido surte efectos entre las partes contratantes y sus herederos, sin perjudicar a terceros; sin embargo no tomó en cuenta que cuando la demandante transfirió su derecho propietario mediante ese documento, perdió legitimación activa para iniciar la presente acción.
De lo señalado se puede inferir que el problema jurídico radica en determinar si la demandante al haber transferido su lote de terreno, carece de legitimación procesal para iniciar la presente acción
- herederos e interesados
- Proceso: Reposición de protocolo
- CONSIDERANDO II
- Señala que el recurso de casación planteado no cumple con uno de los requisitos previstos
- CONSIDERANDO III
- Sobre el tema, es pertinente citar, el criterio de Hernando Devis Echandía, quien en su
- En ese entendido, también es preciso referir que la legitimación que conforme a la doctrina
- Es decir que, la legitimación en la causa es un elemento esencial de la acción
- Así también, es pertinente aclarar sobre la falta de “derecho”, si bien el mundo litigante
- La Sentencia Constitucional Nº 1587/2011-R de 11 de octubre, también refiere sobre el tema al
- Al respecto, la jurisprudencia sentada por este Tribunal Supremo de Justicia, ha orientado sobre el
- CONSIDERANDO IV
- Antes del análisis del presente tema, corresponde traer a colación el entendimiento asumido en el
- Los parámetros anotados nos permiten afirmar que la demandante es titular del derecho subjetivo que
- Con costas y costos, se regular honorario profesional en la suma de Bs. 1.000
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu
