Auto Supremo AS/0850/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0850/2019

Fecha: 28-Ago-2019

De la revisión del recurso de casación interpuesto por Gregorio Cama Chacolla, se observa que

Sobre la pretensión de anular obrados ya que el A quo solo se limitó a pronunciarse sobre los coherederos vivos y no así sobre la fallecida Modesta Cama Chacolla, la apelante no indica qué norma jurídica dispondría la nulidad pretendida, menos explica en que consiste el hecho insubsanable o como el mismo afecta al proceso, por lo que hace improcedente la pretensión de modificar la resolución.
3. Fallo de segunda instancia que fue recurrido en casación por Gregorio Cama Chacolla y Jorge Cama Chacolla mediante memoriales de fs. 682 a 694 y 690 a 693 recursos que pasan a ser analizados.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
De la revisión del recurso de casación interpuesto por Gregorio Cama Chacolla, se observa que en dicho medio de impugnación expone lo siguiente:
1. Acusó que el Auto de Vista, incurre en violación a lo establecido por el art. 163 del Código Civil, puesto que el recurrente en calidad de copropietario nunca aceptó ni firmó el documento de reconocimiento de gastos para la construcción a favor del codemandado Donato Cama Chacolla