Se debe indicar que el Tribunal de alzada, basó su decisorio en el informe pericial
Se debe indicar que el Tribunal de alzada, basó su decisorio en el informe pericial solicitado por el A quo de fs. 523 a) a 531, ampliado de fs. 544 a 545, que al no ser observados ni objetados, alcanzaron una aprobación implícita por parte de los sujetos procesales. El señalado peritaje estableció que el valor del inmueble objeto de litis alcanza a $us. 110.251,92, valor del cual debe deducirse $us. 27.749,09, que corresponde a la construcción del bloque 3, edificación realizada por Donato Cama Chacolla, desde ese cálculo matemático el saldo a dividirse entre los copropietarios es de $us. 82.502,83, correspondiendo a cada uno, el monto de $us. 13.750,48, no teniendo el reclamo fundamento para ser acogido
- Chacolla, Gerardo Cama
- CONSIDERANDO I
- Respecto al recurso de apelación planteado por Epifanía Cama Chacolla, indicó que no cursa en
- De la revisión del recurso de casación interpuesto por Gregorio Cama Chacolla, se observa que
- 2
- 3
- Por otro lado, del recurso de casación de Jorge Cama Chacolla se extrae lo siguiente
- De las respuestas a los recursos de casación
- - Jorge Cama Chacolla contestó manifestando, que solo tiene la intensión que le entreguen la
- En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
- III.1.- Sobre el principio de comunidad de la prueba
- Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
- CONSIDERANDO IV
- 1
- Por otra parte, remitiéndonos al art
- Se debe indicar que el Tribunal de alzada, basó su decisorio en el informe pericial
- A continuación, se pasa a resolver el recurso de Jorge Cama Chacolla
- Concierne manifestar que al haber consentido la mayoría de los coherederos el mencionado documento, los
- Por los fundamentos expuestos, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
