Auto Supremo AS/0856/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0856/2019

Fecha: 28-Ago-2019

Añadió que firmó ese contrato como abogado, considerando el sello adjunto a la firma, afirmando


Añadió que firmó ese contrato como abogado, considerando el sello adjunto a la firma, afirmando que es necesario demostrar que su persona no tenía competencia para la revisión del contrato y que era una labor del Director Jurídico, que en ninguna etapa lo redacto o tuvo participación en su elaboración y solo lo firmó a instancia del General Diego Nelson Salas Bohórquez, y recuerda que todos los argumentos y pruebas presentados en audiencia de medidas cautelares no fueron correctamente valoradas, habiéndosele impuesto medidas sustitutivas innecesarias que no cumplen el carácter de indispensable previstas por el art. 221 del Código de Procedimiento Penal