Auto Supremo AS/0870/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0870/2019

Fecha: 30-Ago-2019

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2. El 16 de febrero de 2017, la Juez Público Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Cochabamba, dictó Sentencia de 16 de febrero de 2017 cursante de fs. 89 a 94 vta., declarando: 1. IMPROBADA la demanda de acción de repetición interpuesta por Ernesto Decker Lara en calidad de gerente propietario de la Agencia Despachadora de aduana TRASAMÉRICA. 2. PROBADA la excepción perentoria de falta de acción y derecho opuesta por la demandada Aida Lola Huayta Ayala.
Resolución que fue apelada por Ernesto Decker Lara a través de su apoderado por memorial de fs. 96 a 98 vta.,
3. El 1 de febrero de 2019, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista de fs. 111 a 116 que REVOCÓ la sentencia, bajo los siguientes fundamentos:
Que, siendo la Agencia despachante de aduana TRANSAMÉRICA, la auxiliar de la administración aduanera para la importación de la mercancía, en beneficio de la demandada, el Tribunal de revisión concluyó que las consecuencias emergentes del no pago de los tributos de importación de gravámenes arancelarios, intereses y sanciones emergentes de esa contravención aduanera establecidos en el proceso administrativo, deben ser asumidas por la exclusiva beneficiaria de la importación de la referida mercancía, y habiéndose demostrado por la parte actora que ella pagó esas obligaciones emergentes, su derecho a demandar la restitución de lo pagado se ajusta al orden jurídico