Por otro lado, se enfatiza que en la apelación se reclamó, que la actora se
Por otro lado, se enfatiza que en la apelación se reclamó, que la actora se retiró de su fuente laboral, en forma voluntaria, hecho que estaría probado por la carta de fs. 25; al respecto, debe tenerse presente que, en la Sentencia se determinó que la desvinculación de la relación laboral fue por decisión unilateral de la trabajadora demandante, es decir, fue un retiro voluntario; por ello, se dispuso que no corresponde el beneficio del desahucio, resultando el reclamo traído en casación, innecesario y carente de fundamento
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La clínica demandada solicitó aclaración, complementación y enmienda, a fs
- Auto de Vista
- Notificado con el Auto de Vista, la clínica “Dr
- 1
- 2
- En el fondo
- El Auto de Vista, no se ajusta a lo determinado por el art
- Por otro lado, los de instancia no han valorado las literales de fs
- Petitorio
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma y en el fondo,
- Debe tomarse en cuenta, que el recurso de casación es considerado como un medio impugnatorio
- Conforme estas disposiciones se puede colegir que el recurso de casación tiene como finalidad la
- En el caso, además de cuestionar aspectos procesales de primera instancia, acusando directamente el actuar
- Considerando el principio de congruencia, como componente del debido proceso, el órgano jurisdiccional tiene la
- Consecuentemente, para el reclamo efectuado en este punto, se activa la preclusión procesal prevista en
- Además, no está previsto en la materia, como obligación del demandante presentar prueba que demuestre
- En cuanto a la notificación con el Auto de vista que se recurre, que a
- Además, la tardía notificación con una resolución, no amerita la nulidad de la misma, sino
- Se acusa, vulneración de los art
- Debe considerarse también, que en materia laboral, el Juez no está sujeto a la tarifa
- Por otro lado, se enfatiza que en la apelación se reclamó, que la actora se
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
