Auto Supremo AS/0492/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0492/2019

Fecha: 24-Sep-2019

Se acusa, vulneración de los art

Se acusa, vulneración de los art. 397 y 476 del CPC-1975, referido el primero a la valoración probatoria, y el segundo a la apreciación de la misma y de las circunstancias para emitir sentencia; empero, los de instancia no pudieron infringir dicho precepto, en razón a que, la norma procesal civil, se aplica en la materia en mérito a la potestad contenida en el art. 252 del CPT, que dispone: “Los aspectos no previstos en la presente ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”, estableciéndose en forma clara y precisa, que la norma adjetiva civil se aplica sólo cuando concurren aspectos no previstos en el Código Procesal del Trabajo, al tener la materia laboral autonomía en sus procedimientos, conforme prevén los arts. 2 y 63 del CPT; por la cual, al existir en la norma adjetiva de la materia, una disposición expresa sobre la valoración probatoria, no se hace necesario recurrir al adjetivo civil como norma supletoria; el art. 158 del CPT, dispone y prevé los lineamientos para la valoración de la prueba para los procesos laborales, siendo esta norma la que debe aplicarse y se aplicó en la valoración de la prueba en el presente proceso; por ello, no pudo haberse vulnerado una norma procesal no aplicable a la materia