En grado de apelación deducida por el demandante de fs
Auto de Vista
En grado de apelación deducida por el demandante de fs. 90 a 93, la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 64 de fecha 4 de mayo de 2018, cursante a fs. 109 y vta., que ANULA obrados hasta fs. 63 inclusive y se ordena convocar a las partes para audiencia de confesión por separado, para ser interrogados respecto al vínculo laboral
En grado de apelación deducida por el demandante de fs. 90 a 93, la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 64 de fecha 4 de mayo de 2018, cursante a fs. 109 y vta., que ANULA obrados hasta fs. 63 inclusive y se ordena convocar a las partes para audiencia de confesión por separado, para ser interrogados respecto al vínculo laboral
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducida por el demandante de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandante Bernardino Carrillo García, interpone recurso de
- Interpuesto el recurso de casación en la forma y en el fondo, el recurrente señala
- La resolución recurrida se basa en una sospecha de colusión de las partes, por lo
- En consecuencia, pide anular el Auto de Vista recurrido en base a los argumentos expuestos,
- Por su parte, el demandante, habiendo sido legalmente notificado, no ejerce su derecho a contestar
- De las nulidades procesales
- Por otra parte, el art
- En correspondencia con lo normado por la Ley N° 025, el Código Procesal Civil (CPC),
- Precisamente por ello, es necesario contrastar la denuncia de nulidad con los principios que rigen
- De los requisitos de la Sentencia y Auto de Vista
- Por otra parte, de acuerdo con el mandato del art
- Planteados los argumentos expuestos en el recurso de casación presentado, se debe considerar lo siguiente
- Revisados los antecedentes procesales, se evidencia que el Auto de Vista recurrido anula obrados de
- Lo que resulta evidente, es que la resolución impugnada fundamenta y motiva su decisorio indicando
- Sin embargo, a pesar de existir argumentos en el fallo, estos resultan insuficientes y subjetivos,
- En ese contexto, resulta evidente la denuncia planteada por el recurrente, por lo que se
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
