De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
Mediante Auto Supremo 453/2019-RA de 17 de junio, cursante de fs. 552 a 554 vta., este Tribunal admitió el recurso de casación formulado por Álvaro Antelo Abudinen, para el análisis de fondo del motivo identificado precedentemente.
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:
II.1. De la Sentencia.
El 21 de septiembre de 2016, el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 54/16, declarando a Álvaro Antelo Abudinen, autor y culpable de la comisión del delito de Enriquecimiento Ilícito de Particulares con Afectación al Estado, previsto y sancionado por el art. 28 de la Ley 004, imponiendo la pena de tres años y seis meses de reclusión, más el pago de doscientos días multa a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos) por día, con costas a calificarse en ejecución de sentencia y además al decomiso definitivo de los bienes decomisados preventivamente en la etapa preparatoria. Dicho Fallo fue notificado al recurrente el 22 de septiembre de 2016, como sobresale de diligencia sentada a fs. 321
- Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 54/16 de 21 de septiembre de 2016 (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Álvaro Antelo Abudinen formuló recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación interpuesto por Álvaro Antelo Abudinen y del Auto Supremo
- I.1.3. Petitorio
- Solicita que se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se emita uno
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- II.2. De la apelación restringida
- Contra dicha Sentencia, el imputado Álvaro Antelo Abudinen, interpuso recurso de apelación restringida, bajo los
- El Auto de Vista 51 de 12 de julio de 2017, dictado por la Sala
- Habiendo hecho presente que la valoración probatoria está vedada a las competencias del Tribunal de
- Se precisó el contenido literal del art
- Se hizo mención “a un sinnúmero de pruebas de cargo que supuestamente habrían sido defectuosamente
- II.4. Del Auto Supremo 548/2018-RRC de 16 de julio
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declaró fundado el recurso de casación interpuesto por
- Por ende, evidenciándose que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- II.5. Del Auto de Vista impugnado
- Con relación a que existiría falta de congruencia en el fallo y sólo existiría indicios
- En el presente recurso de casación se denuncia que el Auto de Vista incurre en
- III.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2.Análisis del caso concreto
- Con relación al segundo supuesto; que la conducta del imputado no se adecuó a una
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
