Auto Supremo AS/0942/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0942/2019

Fecha: 23-Sep-2019

De la compulsa de obrados en función al reclamo efectuado se advierte que el Tribunal

De la compulsa de obrados en función al reclamo efectuado se advierte que el Tribunal de apelación, resolvió declarar inadmisible el recurso de apelación, bajo el fundamento de que la expresión de agravios deducida por la parte apelante no mencionaría de qué manera estos habrían sido conculcados, además que los agravios deben apuntar exclusivamente a los fundamentos de la resolución del A quo, señalando: “…no desvirtúa los fundamentos jurídicos expuestos en la SENTENCIA de fecha 10 de octubre de 2018, por cuanto se limita a señalar lo siguiente: 1.- Que, la sentencia parte de una premisa falsa en sentido de que los demandados Daniel Quino Fernández (hoy simplemente Daniel Fernández) serían herederos forzosos de su fallecido conyugue Víctor Quino Ugarte. 2.- Que, el error en la sentencia radica en que como demuestra no existe relación de filiación entre los demandados y Víctor Quino Ugarte, así resulta de la sentencia ejecutoriada pronunciada por el Juez Primero Público en materia civil y comercial, sin embargo no explica y fundamenta como es que la resolución impugnada vulnera derechos fundamentales, de ahí se concluye que nos encontramos frente a un recurso de apelación carente de expresión de agravios y su fundamentación que exigen los artículos 219 y 227 del Código de Procedimiento Civil, por consiguiente, no se encuentra abierta la competencia del presente Tribual de Apelación, conforme a lo establecido por el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil…”, en base a ese contexto el Ad quem, concluye declarar inadmisible la impugnación de la parte demandante