Auto Supremo AS/0942/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0942/2019

Fecha: 23-Sep-2019

El derecho a la impugnación se encuentra consagrado por el art

El derecho a la impugnación se encuentra consagrado por el art. 180.II de la CPE, derecho presente en la sustanciación de todo proceso judicial, por el que las partes pueden solicitar a otro juzgador superior, revise la resolución del inferior. Este derecho a la impugnación se materializa a través de los recursos que la Ley franquea según la resolución contra la cual se pretenda recurrir, por lo que se constituye en el medio a través del cual se fiscaliza no solamente la decisión asumida por el Juez o Tribunal, sino la legalidad de la resolución, constituyéndose el derecho de impugnación en la petición que se materializa con la emisión de una resolución que el Tribunal ha de brindar respuesta a los motivos que dieron lugar a la misma, que además de ser pertinente debe ser motivada y fundamentada