Auto Supremo AS/0970/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0970/2019

Fecha: 24-Sep-2019

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2.Señaló que la sentencia resulta contradictoria e incompleta, pues hace referencia algunos aspectos que cursan en la redacción, como ser los hechos supuestamente no probados y también los hechos probados, y como punto apelado de la sentencia hace únicamente cita de articulados y jurisprudencia, mas no existe un análisis de las pruebas aportadas de la defensa, de los alcances del objeto del contrato y de la relación jurídica existente, en particular las respuestas del testigo Jorge Becerra Oroza, asimismo señala que el Auto de Vista refirió únicamente que la sentencia habría valorado los medios de prueba considerados esenciales como el documento privado de 04/02/2015, pero no existe pronunciamiento alguno sobre lo señalado, es decir la defensa ejercida a los alcances del contrato controvertido y menos sobre las respuestas del testigo Jorge Becerra
3.Observó que la sentencia nunca negó el préstamo de dinero, lo cual es falso porque desde inicio de la defensa tanto las excepciones como la respuesta han negado su existencia
4.Arguyó que existe una confesión por parte de Doris Dorfelt, la cual debió ser tomada al sentir del art. 157 de la Ley N° 439, porque aquella confesión le hace responsable de deuda, observación no respondida mediante el Auto de Vista