Auto Supremo AS/1021/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1021/2019

Fecha: 30-Sep-2019

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1. Donato Corrales Llanos, mediante memorial de fs. 20 a 21, demandó la división y partición de bien inmueble urbano, arguyendo ser copropietario junto a sus tíos Julio Corrales García y Sabina Corrales de Solíz en la proporción de 1/3 cada uno, inmueble que en total cuenta con la superficie de 1.811,00 ms2, ubicado en Avenida Villazón de la zona de Chacacollo a la altura del Km 6 ½, registrado en Derechos Reales bajo el Asiento A-6, con matrícula computarizada N° 3.10.1.01.0012191, tornándose la convivencia insostenible con los tíos, al amparo del art. 167 del Código Civil y 681 del Código de Procedimiento Civil impetra la división y partición de dicho inmueble. Citados los demandados respondió Julio Corrales García solicitando se declare la contención del juicio, aduciendo que el demandante ya no es propietario de la parte que indica, habiendo sido adquirida esa cuota parte por su persona de quién en vida fuera la madre del demandante, por lo que éste no posee vocación sucesoria y el inmueble no es susceptible de división, opone excepción perentoria de oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda, falta de acción y derecho, falta de vocación a heredar e inexistencia de herencia