Auto Supremo AS/0042/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0042/2020

Fecha: 20-Ene-2020

Respecto al proceso de nulidad de documento y reivindicación expresa que la normativa procesal prevé

Respecto al proceso de nulidad de documento y reivindicación expresa que la normativa procesal prevé la forma y tiempo de presentación de los medios probatorios, y el apelante no acompaña, ni propone la prueba indicada, motivo por el cual no fue valorada en la sentencia dictada. En lo inherente a que no se le notificó en el domicilio real con la demanda o sentencia, manifiesta que resulta incongruente, toda vez que fue objeto de análisis y debate en la resolución de 14 de noviembre de 2018 saliente de fs. 358 a 361 la falta de notificación personal con el señalamiento de audiencia preliminar, concluyendo que el art. 82 de la Ley Nº 439 es taxativo al determinar reglas para los notificaciones, expresando que las únicas notificaciones que deben ser practicadas son la demanda y reconvención, posteriores actuados expresamente deben ser notificados en secretaria, además la providencia a fs. 58 vta., en su contenido no hace cita que la notificación sea de forma personal