Auto Supremo AS/0042/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0042/2020

Fecha: 20-Ene-2020

Teniendo en claro el problema jurídico, antes de ingresar al estudio de lo debatido, es

Como segundo tópico observan que en el Considerando II del Auto de Vista se señaló que existió una minuta de compraventa de terreno materia de usucapión, sin embargo, no tomó en cuenta que solo es una fotocopia, donde existe alteración de la superficie y fecha. Aspecto confesado por el demandante en su memorial, mismo que no fue considerado tramitándose sobre documento falso y alterado, infringiéndose de esta manera los arts. 110 y 111 de la Ley N° 439.
El recurrente observa como punto neurálgico que no procede la demanda de usucapión al ser realizada con base en una minuta en fotocopia que en su contenido habría sido modificado.
Teniendo en claro el problema jurídico, antes de ingresar al estudio de lo debatido, es menester traer a colación el entendimiento asumido por este Tribunal en lo que atañe a los tipos de argumentación jurídica, como ser múltiple y coordinada, en donde con buen criterio se expresó que la argumentación jurídica en las decisiones judiciales es un tema amplio y complejo, que permite enfocar las formas de cómo justificar una decisión con base en premisas, dentro de este amplio tema la doctrina en esta materia se ha encargado de realizar una clasificación para los tipos de argumentación jurídica, destacando entre su multiplicidad a la múltiple y coordinada, al respecto podemos enfatizar que la primera (argumentación múltiple) presupone -que la fuerza de cada uno de los argumentos alternativos es suficiente, en el contexto de la discusión, para establecer su conclusión-. y la segunda muestra la existencia de una serie de argumentos que no son distintos unos de otros, sino que fluyen con relación a un solo entendimiento