Contra la mencionada Sentencia, representantes legales de la Gerencia Regional de Santa Cruz de la
Contra la mencionada Sentencia, representantes legales de la Gerencia Regional de Santa Cruz de la Aduana Nacional (fs. 175 a 181), el Ministerio Público (fs. 186 a 193) y Raúl Javier Benítez Padilla (fs. 216 a 219), promovieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 9 de 15 de febrero de 2018, este fallo recurrido en casación, fue dejado sin efecto a través de Auto Supremo 1023/2018-RRC de 16 de noviembre que dispuso también la emisión de un nuevo fallo, motivando así, el pronunciamiento del Auto de Vista 37 de 30 de mayo de 2019, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró la admisibilidad e improcedencia de todas las apelaciones planteadas; en dicha consecuencia la Sentencia 15/2017, se mantuvo incólume
- Por memorial presentado el 31 de julio de 2019, fs
- Por Sentencia 15/2017 de 27 de marzo, fs
- Contra la mencionada Sentencia, representantes legales de la Gerencia Regional de Santa Cruz de la
- El 24 de julio de 2019, como informa diligencia de fs
- Previa breve reseña de antecedentes procesales y enunciar normativa que regula casación, la entidad recurrente
- Califica de ‘inaceptable y subjetiva’ el haberse determinado la existencia de un error de prohibición
- El Auto de Vista impugnado, carece de toda fundamentación legal y valoración de la prueba,
- Explicando que en apelación restringida basó su reclamo apuntando la valoración que la Sentencia de
- Por otro lado, la entidad recurrente señala que el Auto de Vista impugnado es contradictorio
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En cuanto al requisito plazo, se tiene que la entidad recurrente fue notificada con el
- En tal contexto, la entidad recurrente considera que la ausencia de fundamentación denunciada constituye una
- Tal es así que, el contenido del recurso se trata más de la reiteración de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
