Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0056/2020-RA
Fecha: 09-Ene-2020
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Por memorial presentado el 31 de julio de 2019, fs
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Por Sentencia 15/2017 de 27 de marzo, fs
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Contra la mencionada Sentencia, representantes legales de la Gerencia Regional de Santa Cruz de la
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El 24 de julio de 2019, como informa diligencia de fs
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Previa breve reseña de antecedentes procesales y enunciar normativa que regula casación, la entidad recurrente
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Califica de ‘inaceptable y subjetiva’ el haberse determinado la existencia de un error de prohibición
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El Auto de Vista impugnado, carece de toda fundamentación legal y valoración de la prueba,
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Explicando que en apelación restringida basó su reclamo apuntando la valoración que la Sentencia de
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Por otro lado, la entidad recurrente señala que el Auto de Vista impugnado es contradictorio
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El art
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En este contexto, el art
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Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
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ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
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Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
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iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
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El precepto legal contenido en el citado art
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También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
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En cuanto al requisito plazo, se tiene que la entidad recurrente fue notificada con el
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En tal contexto, la entidad recurrente considera que la ausencia de fundamentación denunciada constituye una
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Tal es así que, el contenido del recurso se trata más de la reiteración de
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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