Delimitado como se encuentra la base teórica de los aspectos cuestionados en los tres primeros
Delimitado como se encuentra la base teórica de los aspectos cuestionados en los tres primeros motivos y respecto a la actividad procesal defectuosa resulta trascendental puntualizar que el principio se encuentra contenido en el art. 167 del CPP, al establecer de forma taxativa que no podrán ser valorados los actos cumplidos con inobservancia de las formas y condiciones previstas en la CPE, Convenciones y Tratados Internacionales; ahora bien, no cualquier defecto es necesariamente invocable, sino sólo aquellos que causen perjuicio o agravio a la parte interesada, como consecuencia de ello no se puede invocar la nulidad, sino solo cuando hay un defecto que por haber causado afectación a un derecho o garantía fundamental es absoluto, es decir que la nulidad no deriva solo del quebrantamiento de la forma, sino que se haya afectado los derechos de alguna de las partes y que ésta haya demostrado agravio para solicitar la anulación de acto defectuoso
- Por memorial presentado el 31 de marzo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 17/2016 de 30 de agosto (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Alejandro Padilla Donoso (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 586/2019-RA de 12 de agosto,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 586/2019-RA de 12 de agosto, este Tribunal admitió solo el recurso de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por Sentencia Sentencia 17/2016 de 30 de agosto el Tribunal Primero de Sentencia de Padilla,
- El hecho de que el acusado haya utilizado el Tractor en beneficio propio no resulta
- El acusado contrató a su pariente Efraín Flores Padilla como consultor, demostrándose que en dicha
- Tomando en cuenta la delimitación del Auto Supremo de Admisión 586/2019 RA de 12 de
- Que, en audiencia de juicio oral la parte imputada interpuso defecto absoluto previsto en el
- Que, el Auto interlocutorio 53/2015 de 25 de junio, vulneraría el art
- En cuanto a este agravio, el recurrente también acusó que el Auto 53/2015 de 25
- Asimismo, tomando en cuenta la delimitación de la problemática planteada, se proseguirá a describir los
- Delimitado como se encuentra la base teórica de los aspectos cuestionados en los tres primeros
- Que, del análisis del Auto confutado, emerge que la razón de la decisión del fallo
- Por otro lado, retrotraer etapas cumplidas afectaría el derecho al debido proceso y crearía disfunción
- En el presente caso el imputado Alejandro Padilla Donoso, denuncia de acuerdo a la SCP
- III.1. Marco legal y doctrinal
- Conforme dispone el art
- Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
- Por otra parte, con la finalidad de establecer si toda denuncia por falta de pronunciamiento
- III.1.2.Principios de congruencia y su aplicación en el sistema procesal penal vigente
- Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
- La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el presente caso, de acuerdo a la SCP 0594/2018-S1 de 8 de octubre, la
- Al respecto el Tribunal de alzada, en relación a la impugnación del Auto Interlocutorio 53/2015,
- En consecuencia, al ser evidente que el Tribunal de alzada sí se pronunció de forma
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
