Por memorial presentado el 31 de marzo de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 91/2020-RRC
Sucre, 29 de enero de 2020
Expediente: Chuquisaca 12/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Alejandro Padilla Donoso
Delitos : Incumplimiento de Deberes y otros
Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
RESULTANDO
Por memorial presentado el 31 de marzo de 2017, cursante de fs. 2577 a 2579 vta., Alejandro Padilla Donoso, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 49/2017 de 21 de marzo, de fs. 2540 a 2546, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia del Gobierno Municipal de Mojocoya contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Conducta Antieconómica, Uso Indebido de Influencias y Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, previstos y sancionados por los arts. 154, 224, 146 del Código Penal (CP), y 26 de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz Ley 004 de 31 de marzo de 2010, respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 91/2020-RRC
Sucre, 29 de enero de 2020
Expediente: Chuquisaca 12/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Alejandro Padilla Donoso
Delitos : Incumplimiento de Deberes y otros
Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
RESULTANDO
Por memorial presentado el 31 de marzo de 2017, cursante de fs. 2577 a 2579 vta., Alejandro Padilla Donoso, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 49/2017 de 21 de marzo, de fs. 2540 a 2546, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia del Gobierno Municipal de Mojocoya contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Conducta Antieconómica, Uso Indebido de Influencias y Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, previstos y sancionados por los arts. 154, 224, 146 del Código Penal (CP), y 26 de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz Ley 004 de 31 de marzo de 2010, respectivamente
- Por memorial presentado el 31 de marzo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 17/2016 de 30 de agosto (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Alejandro Padilla Donoso (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 586/2019-RA de 12 de agosto,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 586/2019-RA de 12 de agosto, este Tribunal admitió solo el recurso de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por Sentencia Sentencia 17/2016 de 30 de agosto el Tribunal Primero de Sentencia de Padilla,
- El hecho de que el acusado haya utilizado el Tractor en beneficio propio no resulta
- El acusado contrató a su pariente Efraín Flores Padilla como consultor, demostrándose que en dicha
- Tomando en cuenta la delimitación del Auto Supremo de Admisión 586/2019 RA de 12 de
- Que, en audiencia de juicio oral la parte imputada interpuso defecto absoluto previsto en el
- Que, el Auto interlocutorio 53/2015 de 25 de junio, vulneraría el art
- En cuanto a este agravio, el recurrente también acusó que el Auto 53/2015 de 25
- Asimismo, tomando en cuenta la delimitación de la problemática planteada, se proseguirá a describir los
- Delimitado como se encuentra la base teórica de los aspectos cuestionados en los tres primeros
- Que, del análisis del Auto confutado, emerge que la razón de la decisión del fallo
- Por otro lado, retrotraer etapas cumplidas afectaría el derecho al debido proceso y crearía disfunción
- En el presente caso el imputado Alejandro Padilla Donoso, denuncia de acuerdo a la SCP
- III.1. Marco legal y doctrinal
- Conforme dispone el art
- Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
- Por otra parte, con la finalidad de establecer si toda denuncia por falta de pronunciamiento
- III.1.2.Principios de congruencia y su aplicación en el sistema procesal penal vigente
- Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
- La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el presente caso, de acuerdo a la SCP 0594/2018-S1 de 8 de octubre, la
- Al respecto el Tribunal de alzada, en relación a la impugnación del Auto Interlocutorio 53/2015,
- En consecuencia, al ser evidente que el Tribunal de alzada sí se pronunció de forma
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
