Auto Supremo AS/0105/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Recapitulando, ambos recurrentes denuncian que el Auto de Vista impugnado no debió anular la Resolución


Recapitulando, ambos recurrentes denuncian que el Auto de Vista impugnado no debió anular la Resolución de mérito sino más bien repararla directamente conforme las facultades contenidas en el art. 413 del CPP. Así, Hernán Añez Añez, puntualizó que los fundamentos utilizados por el Tribunal observado son simples “lapsus” incurridos por el Tribunal de mérito, referidos a errores de redacción en cuanto al nombre y número del tipo penal endilgado; por su parte, Martha Salazar Burgos, señala que en su caso el citado Tribunal soslayó la facultad de corregir errores de derecho