Auto Supremo AS/0114/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

En el presente recurso de casación se denuncia que el Auto de Vista impugnado incurrió


Sobre la falta de aplicación del art. 38 del CP, aclaró que el Juez a quo dictó una Sentencia absolutoria basada en el art. 363 del CPP, por lo que dijo, no era viable hacer fundamentación o argumentación sobre las agravantes y atenuantes, al no tratarse de una Sentencia condenatoria para la cual si debe apreciarse la personalidad del autor al tenor del art. 365 del CPP. Manifestando que en lo demás, la querellante no habría cumplido con las condiciones exigidas en el art. 408 de la norma adjetiva, al no haberse hecho una expresión de agravios ni citado las leyes que consideró violadas o erróneamente aplicadas, ni cuál fue la aplicación que pretendió; o sea, no hubiera indicado separadamente cada violación con su fundamentación respectiva, tal cual exige el procedimiento de la materia en los arts. 169, 370, 396 num. 3) y 408 del CPP, no señaló los defectos absolutos ni los defectos de sentencia, razones por los que declaró improcedente el recurso de apelación restringida.

VERIFICACIÓN DE LA POSIBLE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

En el presente recurso de casación se denuncia que el Auto de Vista impugnado incurrió en incongruencia omisiva al reclamo de que el Juez de Sentencia, no valoró la prueba documental que presentó la recurrente en su calidad de querellante y asimismo, al haber omitido la aplicación de la ley sustantiva establecida en el art. 38 del CP, lo cual le hubiera generado agravios; por lo que, corresponde verificar dichos extremos