Por memorial presentado el 6 de junio de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 114/2020-RRC
Sucre, 29 de enero de 2020
Expediente: Santa Cruz 100/2019
Parte Acusadora: Erika Gabriela Barba Hurtado
Parte Imputada: Denar Hurtado Pacheco y otra
Delitos: Calumnia y otros
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de junio de 2019, cursante de fs. 283 a 292, Erika Gabriela Barba Hurtado, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 24 de 12 de abril de 2019, de fs. 256 a 258, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente, contra Denar Hurtado Pacheco y Cinthia Roca Delgadillo, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 114/2020-RRC
Sucre, 29 de enero de 2020
Expediente: Santa Cruz 100/2019
Parte Acusadora: Erika Gabriela Barba Hurtado
Parte Imputada: Denar Hurtado Pacheco y otra
Delitos: Calumnia y otros
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de junio de 2019, cursante de fs. 283 a 292, Erika Gabriela Barba Hurtado, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 24 de 12 de abril de 2019, de fs. 256 a 258, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente, contra Denar Hurtado Pacheco y Cinthia Roca Delgadillo, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 6 de junio de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Erika Gabriela Barba Hurtado, formuló recurso de apelación
- Acusa que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva al no haber considerado ni
- La recurrente, solicita se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo Nº 782/2019-RA de 10 de septiembre, este Tribunal admitió el recurso de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- Contra dicha Sentencia, la querellante Erika Gabriela Barba Hurtado, interpuso recurso de apelación restringida, bajo
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Auto de Vista 24 de 12 de abril de 2019, dictado por la Sala
- En el presente recurso de casación se denuncia que el Auto de Vista impugnado incurrió
- El art
- En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- III.2.Análisis del caso concreto
- Con relación a la denuncia planteada, referida a que el Auto de Vista impugnado incurrió
- En ese entendido, la parte que se sienta perjudicada por una resolución judicial, puede hacer
- Que, la infracción del principio tantum devolutum quantum apellatum, y al deber de fundamentación, se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
