Auto Supremo AS/0406/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2020

Fecha: 02-Oct-2020

En ese sentido la Junta Vecinal Chaco Centro fs

Por su parte, los demandados Alejandro Chipana Muñoz y Felisa Primitiva Quispe de Chipana, en su contestación a la demanda que cursa a fs. 230 a 231 admiten que habitan el inmueble objeto de Litis señalando: “nosotros adquirimos en compra venta en ese tiempo el lote de terreno que persigue la demandante, construimos nuestra vivienda, la habitamos y poseemos de muy buena fe desde el 24 de octubre 1996, 7 años antes que la demandante hubiera adquirido títulos…”
En ese sentido la Junta Vecinal Chaco Centro fs. 274 certifica que los demandados son dueños legítimos desde el año 1996, cursa aviso de cobranza de energía eléctrica y agua a nombre de los demandados. De inspección judicial de fs. 298 se observa mejoras como alambrado, una reja chica fierro que sirve de ingreso al inmueble que consta de tres dormitorios, una cocina, comedor y un baño de material, techo de teja duralit y piso de cemento