El 18 de septiembre de 2017, el Tribunal de Sentencia Quinto de la ciudad de
DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1 Antecedentes
Por Sentencia 24/2017 de 18 de septiembre, de fs. 227 a 246, el Tribunal de Sentencia Quinto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por voto unánime declaró a Lucía Lourdes Gutiérrez Plata, autora del delito de Falsedad Ideológica previsto y contenido en el art. 198 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de tres años de reclusión a ser cumplidos en el Centro de Orientación Femenino de Obrajes en la ciudad de La Paz; más costas procesales y daños y perjuicios calificables en fase de ejecución.
Contra el citado Fallo, Alejandro Marcelino Salcedo (fs. 253 a 257 vta.), y, Lucía Lourdes Gutiérrez Plata (fs. 262 a 264 vta.) opusieron recursos de apelación restringida, siendo resueltos a través de Auto de Vista 045/2019 de 8 de mayo, dictado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declarando la improcedencia de la acción opuesta por la imputada; y, procedencia parcial de recurso promovido por el acusador particular, disponiendo la anulación parcial de la Sentencia 24/2017, ordenando “la reposición del juicio única y exclusivamente en lo que se refiere al delito de Falsedad Material y Uso de Instrumento falsificado….manteniéndose subsistente la determinación de su condena por el delito de Falsedad ideológica previsto y sancionado por el artículo 199 del Código Penal” (sic)
I.1 Motivos del recurso
La Sala en conocimiento del citado recurso, en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 993/2019-RA de 21 de octubre, delimitando el ámbito de análisis de fondo bajo los siguientes parámetros:
I.1.1 La recurrente, considera que el Auto de Vista recurrido vulneró las garantías de prohibición de doble juzgamiento, y persecución penal única, tutelados desde los arts. 115 parág. II de la Constitución Política del Estado (CPE) y el art. 4 del Código de Procedimiento Penal (CPP), explicando que la vulneración se generó en disponer juicio de reenvío solo para el enjuiciamiento de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, manteniendo paralelamente la condena por el delito de Falsedad Ideológica, explicando que se estaría juzgando hechos sobre los que la Sentencia ya definió una determinada calificación jurídica.
I.1.2 La recurrente plantea contradicción con el Auto Supremo 256/2015-RRC de 10 de abril, explicando que su doctrina legal impide la calificación coetánea por los delitos de Falsedad Material o Ideológica con el delito de Uso de Instrumento Falsificado, ante lo cual el Tribunal de apelación al disponer juicio de reenvío “contradictoriamente al mismo tiempo sostiene la validez de la sentencia condenatoria…por el delito de falsedad ideológica” (sic).
I.2 Petitorio
Solicitó que previo trámite de Ley, este Tribunal admita el recurso, “en su defecto ingresando al fondo se disponga, se deje sin efecto alguno el auto de vista impugnado y determine que la Sala Penal dicte nuevo fallo disponiendo el juicio de reenvío” (sic).
ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
II.1 Sentencia
El 18 de septiembre de 2017, el Tribunal de Sentencia Quinto de la ciudad de la Paz, a término del juicio oral pronunció la Sentencia 24/2017, declarando la autoría y culpabilidad de Lucía Flores Gutiérrez Plata en la comisión del delito de Falsedad Ideológica. Entre los fundamentos que sostienen esa decisión se tienen como hechos probados que:
“…la acusada…con la finalidad de obtener un préstamo en beneficio propio, logra hacer suscribir una minuta de préstamo de dinero a intereses y constitución de garantía hipotecaria el 22 de septiembre de 2009, entre el acusador particular Alejandro Marcelino Salcedo Espinoza, y presentado a una persona de pollera de la tercera edad suplantando la identidad de su madre…quien falleció el 2 de abril de 2009, y a su tío…como deudores por la suma de 25.000 dólares; para lograr ese objetivo, al momento de realizar la minuta…la acusada presenta la cédula de identidad de su supuesta madre donde consta la fotografía, nombre, datos personales y firma; y posteriormente la acusada acompaña a los interesados a la Notaría de Fe Pública N° 28…donde se protocoliza dicha minuto obteniendo el Testimonio N° 689/09…para luego registrarlo en Derechos Reales; logrando de esta manera hacer insertar en un instrumento público declaraciones falsas, ocasionando…un perjuicio económico al acusador particular
- Por memorial presentado el 26 de julio de 2019, de fs
- El 18 de septiembre de 2017, el Tribunal de Sentencia Quinto de la ciudad de
- …por las declaraciones testificales de LCP, FMT, AMG, se ha probado que la acusada…ha recibido
- En tal antecedente la Sentencia 24/2017, fundó la condena en los siguientes razonamientos de derecho
- …la conducta de la acusada…es antijurídica, porque el hecho de hacer insertar en un instrumento
- En cuanto…a la culpabilidad…la acusada a momento de suplantar la identidad de su madre ya
- Por último, en cuanto a los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado,
- Contra aquel Fallo, Alejandro Marcelino Salcedo Espinoza, a través de memorial de fs
- La Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, con la relación
- III
- Prohibir la doble punición, obliga a reunir en el enjuiciamiento todos los elementos de un
- En el análisis de fondo el Tribunal de casación, brindó mérito al reclamo, dejó sin
- Por lo expuesto, la Sala concluye que el Auto de Vista impugnado no es contradictorio
- El Código de Procedimiento Penal, determina que debe entenderse por contradicción a una situación de
- Por todo lo expuesto, la Sala considera que el presente motivo decae en infundado
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
