Auto Supremo AS/0621/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0621/2020

Fecha: 12-Oct-2020

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3.- Violación del art. 197 del Código de Procedimiento Civil, que refiere a que toda sentencia pronunciada contra el Estado, debe ser consultada y remitida al superior en grado, dando cumplimiento así a las normas jurídicas según lo señalado en los arts. 90 y 91 del referido procedimiento