Auto Supremo AS/0622/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0622/2020

Fecha: 12-Oct-2020

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs

I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la parte demandada, de fs. 121 a 124, la Sala Social Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista N° 045/2019 de 30 de abril, cursante de fs. 133 a 135 vta., confirmó la Sentencia apelada, con costas en ambas instancias.
I.2 Motivos del recurso de casación
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 139 a 142, interpuesto por Karina Lizeth Romero Mérida, en representación legal de la Empresa Omnia Technology, manifestando en síntesis:
Citando lo previsto en el art. 48.III de la CPE., sostuvo que en el presente caso no se tomó en cuenta el principio de la primacía de la realidad, en ese sentido, referido a las pruebas presentadas por la parte demandada, agraviando sus derechos constitucionales como el derecho al debido proceso y a la defensa, dispuesto por la SCP N° 0249/2014-S2 de 19 de diciembre, citando también sobre el tema la SC N° 0999/2003-R de 16 de julio